RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN PALANDA 2017

Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se le considera de naturaleza obligatoria:

– Conformación del Equipo de Rendición de Cuentas.

– Diseño de la Propuesta del proceso de Rendición de Cuentas.

– Matriz de levantamiento de consulta ciudadana para el proceso de rendición de cuentas.

– Comisión ciudadana de rendición de cuentas.

– Evaluación de la gestión institucional.

– Llenar el formulario de informe de rendición de cuentas establecido por el CPCCS.

– Redacción del informe de rendición de cuentas.

– Socialización interna y aprobación el informe de rendición de cuentas por el equipo responsable.

– Registro rendición de cuentas.

– Difusión del informe de rendición de cuentas a través de distintos medios.

– Planificación de los eventos participativos.

– Realización del evento de rendición de cuentas.

– Fecha en que se realizó la rendición de cuentas ante la ciudadanía.

– Lugar donde se realiza la rendición de cuentas ante la ciudadanía.

– Incorporación de la aprobación de Rendición de Cuentas de la Comisión Ciudadana.